Las monitoras de Huesca son informadas por CCOO
Meses atrás, en Zaragoza, el sector de monitoras de comedor sufrió una serie de cambios importantes motivados por las nuevas adjudicaciones del servicio de comedores escolares; cambios que han supuesto , de hecho, un baile de empresas. En breve un proceso similar acaecerá en Huesca.
La sección sindical de CCOO de monitoras de Huesca convocó, recientemente, una asamblea para informar y alertar a las trabajadoras del sector ante lo que se les viene encima. Este artículo pretende ser una reseña de lo allí expuesto en forma de entrevista.
Margarita Aldana y Sagrario Mariblanca son dos compañeras de CC.OO. , monitoras de tiempo libre adscritas al servicio de comedor. Sobre ellas recae el mayor peso de la asamblea que hoy se celebra en Huesca.
La razón es evidente: conocen de primera mano y en carne propia la experiencia que para una trabajadora del sector supone un cambio de empresa. Desconociendo si ese cambio se producirá, pero anticipando que pueda ocurrir y abusando de su amabilidad, les hacemos unas preguntas previas al desarrollo de la reunión que en breve se iniciará.
P.- ¿Qué es una licitación y un concurso?
El concurso, es la base de las condiciones que establece el servicio provincial, para que las empresas interesadas puedan ofertar por el sector, con una licitación u oferta.
P.- ¿Qué es una apertura de plicas?
Es el acto de apertura de las ofertas de cada una de las empresas que optan al sector. El acto es de puertas abiertas.
P.- En Zaragoza habéis pasado por un proceso similar al que en breve se desarrollará en Huesca. ¿Qué ha ocurrido en Zaragoza?
Este concurso ha sido atípico en algunos puntos, en concreto dos: el Primero la adjudicación a seis empresas para el Servicio de Comedor Escolar y Vigilancia y Atención al Alumnado, que así se denomina el concurso. Nunca se había concedido a tantas empresas.
El segundo y considero el mas importante el tiempo que las empresas permanecerán en el sector, la novedad de este concurso son cuatro años y prorroga de dos, hasta este año se concedía dos mas uno mas uno.
P.- ¿Están obligadas las empresas “nuevas” a subrogar a toda la plantilla indistintamente del tipo de contratación?
Efectivamente, bajo cualquier tipo de contratación, es una mejora conseguida y contemplada en el convenio del sector.
P.- ¿Se respetan las antigüedades?
El personal subrogado pasa a la nueva empresa con todos los derechos que tuviera reconocidos anteriormente con la empresa saliente.
P.- ¿Cómo se entera una monitora que ha cambiado de empresa? ¿Debe llegarle alguna notificación oficial?
La empresa entrante debería notificarle por escrito a la trabajadora la subrogación e incorporación a su plantilla y fecha de comienzo de trabajo.
P.- ¿Si la nueva empresa me solicita documentación estoy obligada a facilitarla?
La documentación que nos solicite la empresa, como pudiera ser la vida laboral, se la facilitaremos lo antes posible, en beneficio del trabajador, ante posible perdida u olvido de documentación de la empresa saliente.
P.- ¿Tengo que firmar algún documento con la nueva empresa si me lo requiere?
La notificación de la subrogación y el llamamiento al puesto de trabajo.
P.- ¿Como se efectúa el llamamiento por parte de la empresa al trabajador?
Siempre por escrito y personalmente a la trabajadora.
P.- ¿Cual es el criterio para el llamamiento de las trabajadoras por parte de la empresa?
La antigüedad, de la más antigua a la menos antigua para la incorporación a los puestos de trabajo.
P.- ¿Y si a alguna monitora no la llamaran al comienzo del curso?
Con urgencia, ponerse en contacto con sus delegadas sindicales de CC.OO. para averiguar y subsanar en el menor tiempo posible el error.
P.- ¿Y si en algún centro se redujeran los niños y sobraran monitoras?
Lo primero la empresa lo tendría que notificar a los Comités de Empresa, estudiando cada caso y centro.
P.- Actuación de la empresa ante trabajadoras fijas-discontinuas sin plaza en sus colegios.
A las trabajadoras que tuvieran la modalidad de contrato fija-discontinuo, la empresa tiene la obligatoriedad como traslado forzoso, (bajo ninguna circunstancia se firmaría traslado voluntario, puesto que no es la trabajadora quien lo solicita), de reubicarla donde tuviera plaza para la trabajadora en otro centro, con sus mismos derechos y antigüedades reconocidas.
Cuando la causa del traslado desaparece, devolverla a su puesto de trabajo original, sin la perdida de ningún derecho.
P.- ¿A quien puedo acudir si observo algo que me parece irregular?
A CCOO, por supuesto.
Con mucho gusto se atenderá a cualquier monitora que tenga alguna duda por pequeña que sea. Antes de firmar cualquier documento que nos presente la empresa, tenemos que estar seguro de lo que firmamos, leyéndolo detenidamente, la letra pequeña también. No daremos nada por sentado hasta estar muy seguras de lo que hacemos; así evitaremos malos entendidos, la aceptación de cambios del contrato, reducciones de horarios, renuncias a plazas, traslados a otros centro, etc…, como así ha ocurrido en algunos casos lamentables, siendo luego muy difícil subsanar el desliz.
Recordar que cuando una trabajadora deja constancia de su firma en algún documento, admite y asume lo firmado, difícilmente después es posible reclamar legalmente.
Recordaros que somos también monitoras, que habéis depositado la confianza en nosotras dejándonos ser vuestra voz, y no dudéis que vuestros intereses son los nuestros, y nuestras voces las vuestras.
viernes, 21 de enero de 2011
Tras la asamblea. Entrevista a Margarita y Sagrario
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario